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Casa rural en Andalucía: legislación e inicio de actividad

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La ley que regula el inicio de actividad y comercialización de una casa rural en Andalucía es el Decreto 20/2002, de 29 de enero de 2002, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo.

¿Qué requisitos debe tener un alojamiento para ser considerado casa rural en Andalucía?

En primer lugar, debemos aclarar que existen dos modalidades de casas rurales en Andalucía: casa rural básica y casa rural superior.

Casa rural básica

Se trata de viviendas independientes -no puede haber más de tres en el mismo edificio-  que cuenten con un máximo de 20 plazas. En cuanto a las estancias propiamente dichas, deben cumplir los siguientes requerimientos:

Salón

Deben tener una superficie de 12 m2  como mínimo (pueden repartirse en dos estancias). Su temperatura debe ser de 19º en la temporada de septiembre a abril.

Cocina

Adecuada a las plazas ofertadas y contar con el siguiente menaje: horno y/o microondas, frigorífico, vajilla, cubertería, cristalería, utensilios de cocina, fregadero con agua caliente/fría y escurridor y ventilación directa o forzada con extracción de humos.

Dormitorio

Espacio con acceso desde zonas comunes, de 7 m2 para simples, 10 m2 para dobles y 4 m2 más por plaza adicional. Además, deben contar con el siguiente mobiliario: mesillas de noche; cama individual de 90×180 y doble de 135×180 como mínimo; un armario por cada 4 plazas ; punto de luz próximo a la cama; altura de techos de 2 metros mínimo -en caso de buhardillas, en el 70 % debe tener como mínimo esta altura-; iluminación; ventilación directas al exterior; ventanas con sistema de oscurecimiento.

Cuarto de baño

Tiene que estar situado situado en el mismo cuerpo de edificación que las habitaciones y debe haber uno por cada 6 plazas o fracción. Por supuesto debe incluir agua caliente y fría; lavabo; bañera y/o ducha e inodoro; espejo, toallero, perchero y repisa. La ventilación podrá ser directa o forzada.

Casas rurales de categoría superior

Los alojamientos de esta categoría deben cumplir con las características generales anteriores y con estas otras específicas.

Salón-comedor

Deben tener un tamaño mínimo 15 metros cuadrados más 2m cuadrados adicionales por cada persona a partir de la tercera. Contar con calefacción y mantener 21 grados.

Cocina

Independiente, exceptuando el caso de que sea cocina-comedor mientras tenga salón independiente.

Dormitorios

Superficie mínima para simple de 10 metros cuadrados, para dobles 14 y 18 para triples. Los tamaños mínimos de las camas son, 190×90, 190×140, no contabilizando como plazas ni sofá-cama, ni litera. Además deben tener un armario por habitación, espejo de medio cuerpo, una silla o sillón por persona.

Cuarto de baño

El baño debe ser completo y contar con una superficie mínima de 3,5 m2 por cada 4 plazas.

Servicios adicionales

Calefacción de instalación fija manteniendo entre 19 y 21º en todo el área y con reguladores de temperatura. Instalación eléctrica de 220 voltios con toma de tierra. Gestión de residuos, aislamiento térmico, ahorro de energía y agua.

Inicio de la actividad

Como cualquier otro alojamiento turístico, si vas a comercializar una casa rural en Andalucía, debes darla de alta en el Registro de Turismo. En primer lugar, debes hacer entrega de la declaración responsable acompañada de los siguientes documentos:

Por último, recuerda que porque se encuentre en un entorno rústico no quiere decir que el alojamiento no deba estar inscrito en las autoridades (Policía Nacional o Guardia Civil). Igualmente, es obligatorio el registro de todos los huéspedes mayores de 16 años a través de los partes de viajeros.

Si gestionas una casa rural en Andalucía, o tienes intención de hacerlo, CheKin te hará la vida más fácil.

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