Icono del sitio Chekin

Enterate cómo será la distribución de ayudas de Andalucía a los alojamientos turísticos. ¿Cuánto te corresponde a ti?.

Ya en anteriores oportunidades hemos comentado las estrategias o ayudas que los distintos gobiernos de las comunidades autónomas han ofrecido al sector turístico para ayudarlos a paliar la crisis producida por el Covid-19, esta vez, te traemos la noticia del reciente decreto emitido el día 20 de abril, por el Gobierno de Andalucía en el cual aprobó la asignación de ayudas directas para establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campamentos y complejos rurales. Un plan que contará con un presupuesto de 72,8 millones de euros y destinará 200 euros por cada plaza a los hoteles, 80 euros en el caso de los apartamentos, para el resto de los alojamientos habrá una cuota fija de 3.000 euros.

Con estas ayudas se cierra el ciclo de ayudas económicas dirigidas al turismo, el cual según indica el Vicepresidente de la Junta, Juan Martin, es el más grande que se ha sacado en España. 

¿Cómo será la distribución de esos 72,8 millones de euros? 

Sencillo, el gobierno ha distribuido los montos de la siguiente manera: 

Por su parte los Hoteles, recibirán 200 euros por cada una de las plazas con las que cuentan los establecimientos, el monto que puede llegar a percibir la persona titular del bien inmueble es de hasta 200.000 euros. El requisito sine qua non para ello es que esté registrado en el Registro de Turismo de Andalucía al 13 de marzo de 2020.

Los apartamentos turísticos recibirán 800 euros por cada plaza, en este caso el titular del o los inmuebles podrá percibir hasta 50.000 euros, deberán tener registradas las plazas antes de la pre indicada fecha. 

Para los campings y alojamientos rurales habrá una cuota fija de 3.000 euros.  La cuantía se determinará en función del número de trabajadores por cuenta ajena a 13 de marzo (hasta nueve trabajadores, 10.000 euros, y 10 o más trabajadores, 20.000 euros).

¿Cuáles son los requisitos para optar por la ayuda?

En principio, que las plazas estén registradas antes del 13 de 2020. El segundo, acreditar una caída de ventas o ingresos provocada por el impacto económico de la crisis sanitaria de, al menos, un 20%, en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019 y no ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019.

Salir de la versión móvil