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Modelo Informativo de Arrendamientos de corta duración: guía 2026

modelo informativo de arrendamientos de corta duración

Desde enero de 2026 se activa una nueva obligación anual clave para gestores de alquileres turísticos y de temporada: el depósito del modelo informativo aprobado por la Orden VAU/1560/2025. El objetivo es reportar, de forma anonimizada, la actividad de los arrendamientos de corta duración del año anterior, dentro del Registro Único y la Ventanilla Única Digital.

Resumen rápido para gestores

Modelo Informativo de Arrendamientos de corta duración: qué es y a quién afecta

La normativa aprueba el modelo informativo de arrendamientos de corta duración que, cada doce meses, debe aportarse por categoría y tipo, con un listado anonimizado de los arrendamientos celebrados por anfitriones/arrendadores que ofrecen el servicio a través de plataformas en línea, e indicando la finalidad temporal del arrendamiento.

Este marco deriva del procedimiento de Registro Único y de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, alineado con el marco europeo que impulsa la recopilación e intercambio de datos sobre alquileres de corta duración.

Qué unidades se reportan

Leer más sobre: Todo lo que debes saber sobre el número de registro de alquiler

Plazos y calendario: febrero marca la diferencia

La regla general es fija: la presentación se realiza durante el mes de febrero de cada año con la información del año natural anterior.

Fechas concretas de arranque

Qué datos incluye el modelo

El modelo se estructura en: (1) identificación del presentante, (2) identificación de la finca, y (3) actividad por NRUA.

Campos por NRUA (lo mínimo que debes poder extraer de tu operativa)

CampoQué se reportaDetalle importante
FinalidadCódigo 1 a 51 Vacacional/turístico, 2 Laboral, 3 Estudios, 4 Causas médicas, 5 Otros
Nº de huéspedesNúmero de huéspedesDebe cuadrar con la ocupación real
Fecha de entradadd/mm/aaBasada en la estancia efectiva
Fecha de salidadd/mm/aaSi falta, se presume vigente
Sin actividadMarcado si no hubo actividadPara NRUA sin estancias ese año

Cómo presentar el modelo paso a paso

1) Prepara el inventario y sus identificadores

2) Consolida la actividad del año natural anterior

3) Decide canal de presentación: telemático o papel

4) Si presentas telemáticamente: genera el fichero XBRL

El modelo digital debe incluir todos los campos en un único fichero .XBRL, conforme al estándar XBRL 2.1, usando la taxonomía oficial “Arrendamientos 2025”.

5) Conserva documentación de soporte

Si existieran dudas fundadas sobre la finalidad declarada, el registrador puede requerir documentación acreditativa complementaria. Por eso conviene tenerla conservada y disponible en el momento del depósito.

Aspectos críticos y errores frecuentes

No dejar la salida vacía

Si no se rellena la fecha de salida, se presume que el arrendamiento sigue vigente. Esto puede provocar incoherencias en el reporte y requerimientos posteriores.

Coherencia de la finalidad (y riesgo sobre el número de registro)

Si del modelo informativo resulta que se ha usado el número de registro para usos distintos de los que corresponden a su categoría y tipo, puede producirse la retirada del número, con impacto operativo.

Preparación operativa antes de febrero

Una buena práctica: cierre interno a finales de enero (validación de entradas/salidas, conteo de huéspedes, unidades sin actividad y coherencia de finalidad) para llegar a febrero con el reporte “cerrado”.

Conclusión

El Modelo Informativo de Arrendamientos de corta duración convierte la operativa diaria (fechas reales, huéspedes y finalidad) en un reporte anual obligatorio con un hito claro: febrero. Si aseguras identificadores (CRU/NRUA), datos completos (especialmente salida) y documentación trazable, el depósito pasa de ser un riesgo a un trámite previsible.

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Preguntas frecuentes

¿Se reportan datos personales de huéspedes?

No. El listado es anonimizado, aunque debes gestionar el dato de forma compatible con la normativa de protección de datos.

¿Qué pasa si no tuve actividad en un NRUA?

Se marca “Sin actividad” para ese NRUA.

¿Es obligatorio presentarlo cada año?

Sí. La obligación es anual (cada doce meses).

¿Puedo presentarlo en papel?

Sí. La norma contempla presentación telemática o presencial en papel.

¿Por qué se exige XBRL?

Porque el envío telemático está diseñado para intercambio estructurado de datos y debe presentarse como un único fichero XBRL con la taxonomía oficial.

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