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Mossos d’Esquadra: Cómo realizar el registro de viajeros

Registro de viajeros Mossos d'Esquadra

Tras obtener la licencia turística para tu vivienda vacacional en Cataluña, es imprescindible dar de alta el alojamiento para que las autoridades locales, en este caso Mossos d’Esquadra, lo identifiquen y realizar el  obligatorio registro de viajeros.

Pasos para registrar el alojamiento

El registro ha de hacerse siempre de forma presencial. Para inciar el proceso, debéis ir a la web de Mossos d’Esquadra, sección Serveis i
tràmits’  y apartado ‘Hostalatge. Registre de viatgers’. Una vez aquí, en el cuadro superior izquierdo, en la sección ‘Alta de establecimiento’, encontraréis un enlace directo al formulario PI-15.

Una vez completo -todos los datos son obligatorios menos el fax-  debéis pulsar el botón ‘aceptar’ e imprimir dos copias del formulario para entregarlas preferentemente en la Unidad Regional de Policía Administrativa (URPA), o en la comisaría de Mossos más cercana.

Las copias deberán ir acompañadas del DNI del titular o persona responsable, si es él mismo quien lo entrega; o de una copia del DNI del titular o responsable, si lo entrega alguien en su nombre.

Una vez entregados los documentos a las autoridades locales, se dará el alta el establecimiento y el URPA facilitará al propietario un código de usuario o número identificador policial. El envío de la contraseña se hará mediante correo electrónico. Dicho número y clave servirán para acceder a la sección ‘aplicación de Hostelería‘ de la misma web donde completasteis el formulario de alta.

Partes de viajeros

Los modelos oficiales de fichas de viajeros de La Generalitat de Cataluña, es necesario el registro de todos los huéspedes, sólo es obligatorio añadir en el formulario el número de DNI (u otro tipo de identificación) de los mayores de 14 años.

Cómo realizar el envío de partes de viajeros

El envío debe realizarse dentro de las 24h siguientes al inicio de la estancia de los clientes. Puede hacerse de uno en uno o de forma masiva, incluyendo todos los clientes de ese día.

Si por alguna causa justificada el envío no pudiese hacerse de forma telemática, debéis informar de ello y explicar los motivos al Director General de La Policía mediante una carta dirigida a su nombre. Podéis entregarla en la comisaría más cercana y optar por estas otras dos modalidades de entrega:

-Fax a la comisaría correspondiente con un documento que contenga todos los datos reflejados en el parte de viajero.

-De forma presencial o envío por correo a la comisaría. En este caso se deben entregar dos copias, una que permanecerá en la hospedería y otra que se devolverá al responsable.

En cualquiera de los casos, las autoridades deberán entregar un justificante que pruebe la recepción de los documentos.

Normativa

Esta actividad está regulada por el Artículo 2 de la Orden IRP/418/2010, de 5 de agosto, sobre la obligación de registro y comunicación a la Dirección General de la Policía de las personas que se alojan en los establecimientos de hospedaje ubicados en Cataluña y por el Artículo 9.1 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

En caso de que algún cliente pueda mostrarse reticente a entregar sus datos personales a la persona que lo reciba, La Generalitat proporciona una serie de carteles en catalán, castellano, inglés, francés y alemán que es conveniente colocar de forma visible en cada establecimiento, y así evitar este tipo de situaciones.

Para simplificar el proceso y ganar tiempo, cuenta con CheKin app. Tus huéspedes lo agradecerán.

*El contenido de este blog es meramente informativo. Para consultas vinculantes recomendamos que acudan a un profesional.

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