Actualmente, la legislación vigente que regula el turismo en Cataluña comprende la Ley 13/2002, de 29 de junio, de Turismo de Cataluña y el Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico.
Ley 13/2002, de 29 de junio, de Turismo de Cataluña
Esta legislación tiene como objetivo establecer las bases para la ordenación y promoción del turismo. En ella, se tratan los siguientes aspectos:
- Plan turístico de Cataluña
- Propósitos y competencias de las administraciones públicas y sujetos turísticos relacionados
- Régimen sancionador
- Normativa de inspección turística
- Derechos y obligaciones de los usuarios
- Régimen general de los recursos turísticos, empresas y establecimientos turísticos
- Clasificación y subcategorías de alojamientos vacacionales
- Definiciones de conceptos básicos
Modificaciones
- Apartados 1 y 2 de la disposición adicional tercera y la disposición adicional cuarta por la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas.
- Decreto legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
- Subsección primera en la sección primera del capítulo III del título III, la sección segunda del capítulo III del título III, los artículos 39 bis, 50 bis, 50 ter, 67.k y 87.i bis añadidos por la LEY 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica.
- Artículos 37, 41.2.c, 44, 45 y 72.4 derogados por la LEY 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica.
- Artículos 2.e, 33, 40, 41.4, 41.5, 43, 46, 47, 49, 50.4, 54, 55, 60, 67.j, 73.3, 87.b, 88.a, 97 (rúbrica y contenido), 98.2, 102.1.c, la rúbrica del capítulo II del título III, y las secciones segunda, tercera, cuarta, quinta del capítulo III del título III modificados por la LEY 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica.
- Artículo 99.1 desarrollado por el ACUERDO GOV/79/2012, de 24 de julio, por el que se delega la competencia sancionadora del Gobierno de la Generalidad en materia de turismo en el consejero o consejera de Empresa y Empleo.
- Modificada por la LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
- Artículos 2.f, 50 bis.3, 80 bis, 82 bis, 87.k, 88. u ter, 88.u quater, 89.g, disposición adicional séptima, disposición adicional octava y disposición transitoria tercera añadidos por art. 93 de la LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
- Artículos 68.e, 82.3, 87, 88.o, 88.u, 89.a, 91.1, 97 y 98.2 modificados por art. 93 de la LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
- Artículo 219 de la LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
- Revisión del 31 de marzo de 2017 que establece la normativa vigente.
Decreto 159/2012, de 20 de noviembre
Este decreto, que entró en vigor el 24 de diciembre de 2012, tiene la gran ventaja de aunar en un mismo texto legal la regulación tanto de los establecimientos turísticos como de las viviendas de uso turístico. Asimismo, concede nuevas definiciones a ciertos matices de la normativa relacionados con los establecimientos turísticos y los reordena.
Irregularidades
A pesar de tratarse de una ley bastante completa, existe una especie de vacío legal referente a las habitaciones de uso turístico. Ésto ocurre debido a que el texto no permite a los ciudadanos saber con exactitud si es lícito o no alquilar una vivienda de uso turístico por habitaciones.
En cualquier caso, los ayuntamientos en cada ciudad tienen potestad para legislar sobre el alquiler vacacional conforme a sus propias necesidades y circunstancias. Tal es el caso de Barcelona, que cuenta con su propia normativa para regular las viviendas con fines turísticos y establecimientos hoteleros.
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