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¿En qué consiste el nuevo decreto para viviendas con fines turísticos de Madrid?

nuevo decreto VUT en Madrid

La Comunidad de Madrid ha aprobado un nuevo decreto que modifica la regulación existente para las Viviendas de Uso Turístico (VUT) y los apartamentos turísticos. El objetivo es ordenar la actividad para que ésta cumpla con la legalidad, reformando el decreto vigente desde 2014. Los propietarios tendrán seis meses de plazo para adaptarse a la nueva norma.

Control desde el primer día de actividad

Se considerará vivienda de uso turístico (VUT) todos aquellos pisos, estudios apartamentos o casas que, de forma habitual, se comercialicen para su alquiler turístico desde el primer día de su actividad. Así, se elimina el plazo de tres meses (90 días) de alquiler, siguiendo el Plan Especial de Hospedaje del Ayuntamiento de Madrid. Los propietarios deberán dar de alta la vivienda desde el primer día que esté disponible para los turistas y presentar:

CIVUT: Principales requisitos

El Certificado de Idoneidad deberá estar a disposición de los usuarios y acreditará que la vivienda:

Número de huéspedes según los metros cuadrados

Con el objetivo de ordenar la actividad turística y evitar aglomeraciones se ha fijado un ratio máximo de personas alojadas en función del número de metros cuadrados útiles de la vivienda:

Documentación obligatoria a las autoridades

Para garantizar la seguridad, el propietario de la vivienda estará obligado a remitir a la Policía y la Guardia Civil la información de las personas alojadas en la misma.

Otras obligaciones de los arrendadores

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