Casa rural en Andalucía: legislación e inicio de actividad
La ley que regula el inicio de actividad y comercialización de una casa rural en Andalucía es el Decreto 20/2002, de 29 de enero de 2002, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo.
¿Qué requisitos debe tener un alojamiento para ser considerado casa rural en Andalucía?
En primer lugar, debemos aclarar que existen dos modalidades de casas rurales en Andalucía: casa rural básica y casa rural superior.
Casa rural básica
Se trata de viviendas independientes -no puede haber más de tres en el mismo edificio- que cuenten con un máximo de 20 plazas. En cuanto a las estancias propiamente dichas, deben cumplir los siguientes requerimientos:
Salón
Deben tener una superficie de 12 m2 como mínimo (pueden repartirse en dos estancias). Su temperatura debe ser de 19º en la temporada de septiembre a abril.
Cocina
Adecuada a las plazas ofertadas y contar con el siguiente menaje: horno y/o microondas, frigorífico, vajilla, cubertería, cristalería, utensilios de cocina, fregadero con agua caliente/fría y escurridor y ventilación directa o forzada con extracción de humos.
Dormitorio
Espacio con acceso desde zonas comunes, de 7 m2 para simples, 10 m2 para dobles y 4 m2 más por plaza adicional. Además, deben contar con el siguiente mobiliario: mesillas de noche; cama individual de 90×180 y doble de 135×180 como mínimo; un armario por cada 4 plazas ; punto de luz próximo a la cama; altura de techos de 2 metros mínimo -en caso de buhardillas, en el 70 % debe tener como mínimo esta altura-; iluminación; ventilación directas al exterior; ventanas con sistema de oscurecimiento.
Cuarto de baño
Tiene que estar situado situado en el mismo cuerpo de edificación que las habitaciones y debe haber uno por cada 6 plazas o fracción. Por supuesto debe incluir agua caliente y fría; lavabo; bañera y/o ducha e inodoro; espejo, toallero, perchero y repisa. La ventilación podrá ser directa o forzada.
Casas rurales de categoría superior
Los alojamientos de esta categoría deben cumplir con las características generales anteriores y con estas otras específicas.
Salón-comedor
Deben tener un tamaño mínimo 15 metros cuadrados más 2m cuadrados adicionales por cada persona a partir de la tercera. Contar con calefacción y mantener 21 grados.
Cocina
Independiente, exceptuando el caso de que sea cocina-comedor mientras tenga salón independiente.
Dormitorios
Superficie mínima para simple de 10 metros cuadrados, para dobles 14 y 18 para triples. Los tamaños mínimos de las camas son, 190×90, 190×140, no contabilizando como plazas ni sofá-cama, ni litera. Además deben tener un armario por habitación, espejo de medio cuerpo, una silla o sillón por persona.
Cuarto de baño
El baño debe ser completo y contar con una superficie mínima de 3,5 m2 por cada 4 plazas.
Servicios adicionales
Calefacción de instalación fija manteniendo entre 19 y 21º en todo el área y con reguladores de temperatura. Instalación eléctrica de 220 voltios con toma de tierra. Gestión de residuos, aislamiento térmico, ahorro de energía y agua.
Inicio de la actividad
Como cualquier otro alojamiento turístico, si vas a comercializar una casa rural en Andalucía, debes darla de alta en el Registro de Turismo. En primer lugar, debes hacer entrega de la declaración responsable acompañada de los siguientes documentos:
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Datos del titular de la vivienda y fotocopia del DNI/NIE/NIF.
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Un documento que especifique el período por el que la casa rural será comercializada.
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Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) donde aparezca el número de referencia catastral.
Por último, recuerda que porque se encuentre en un entorno rústico no quiere decir que el alojamiento no deba estar inscrito en las autoridades (Policía Nacional o Guardia Civil). Igualmente, es obligatorio el registro de todos los huéspedes mayores de 16 años a través de los partes de viajeros.
Si gestionas una casa rural en Andalucía, o tienes intención de hacerlo, CheKin te hará la vida más fácil.