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Marco Legal

Cómo dar de alta una vivienda turística en Valencia

¿Cómo se da de alta una o varias viviendas turísticas en la Comunidad Valenciana?

 Lo primero es obtener el correspondiente número de inscripción de la/s vivienda/s en el llamado Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunitat Valenciana mediante la presentación de una declaración responsable. Esto no quiere decir que debas constituir una sociedad mercantil para ello, ya que cualquier persona física o jurídica que ceda el uso y disfrute de las viviendas podrá hacerlo.

¿Qué número de viviendas vas a inscribir?

Hasta 4 viviendas:  Deberás presentar una comunicación/declaración responsable referente al uso de viviendas turísticas. Lo podrás hacer aquí.
5 o más viviendas*: Deberás presentar una comunicación/declaración responsable referente a la actividad de empresas gestoras de viviendas turísticas. Lo podrás hacer aquí.

*Se consideran empresas gestoras de viviendas turísticas las personas jurídicas o físicas cuya actividad profesional, principal o no, consista en la cesión a título oneroso del uso y disfrute de, al menos, cinco viviendas turísticas, con independencia de su ubicación o no en un mismo edificio o complejo y de cuál sea el título que les habilite para hacerlo. 

¿Cómo se rellena el formulario de la declaración responsable?

Junto con el impreso, deberás aportar la documentación acreditativa de la personalidad física (DNI) o jurídica (escritura constitución, CIF y DNI del representante legal, así como los poderes de representación del mismo), de quien vaya a gestionar las viviendas.

¿Se puede inscribir cualquier vivienda? ¿Qué requisitos ha de cumplir?

La vivienda debe disponer de licencia de ocupación o cédula de habitabilidad y debe estar suficientemente amueblada y dotada de los aparatos y enseres necesarios para su ocupación inmediata, y en perfecto estado de higiene. Los requisitos obligatorios según la categoría se encuentran en el Anexo I  del Decreto 92/2009, de 3 de julio, del Consell (enlace)

¿Qué se considera una vivienda turística en Valencia?

Se consideran viviendas turísticas los inmuebles, cualquiera que sea su tipología, cuyo uso se ceda mediante precio, con habitualidad, en condiciones de inmediata disponibilidad, y con fines turísticos, vacacionales o de ocio.

Se considerará que existe habitualidad cuando:

a) Sea cedido para su uso turístico por empresas gestoras de viviendas turísticas.
b) Sea puesto a disposición de los usuarios turísticos por sus propietarios o titulares, con independencia de cual sea el periodo de tiempo contratado y siempre que se presten servicios propios de la industria hostelera.
c) Cuando se utilicen canales de comercialización turística. Se considera que existe comercialización turística cuando se lleve a cabo a través de operadores turísticos o cualquier otro canal de venta turística, incluido Internet u otros sistemas de nuevas tecnologías

¿Tiene algún coste?

El coste a efectos de Turismo es 0€. Esto no quiere decir que no debas cumplir tus obligaciones a efectos fiscales. Aquí tienes más información sobre cómo declarar tus ingresos por el alquiler de tu vivienda o viviendas en Airbnb, Wimdu, Booking y otras plataformas.

 ¿Hay que publicitar el número de inscripción en el registro? 

Según la Agencia Valenciana de Turismo, tanto el número de inscripción asignado a cada vivienda como su categoría deberán constar en todo tipo de publicidad que realice. Si se trata de una empresa gestora que gestiona distintas viviendas en un mismo edificio bastará con publicitar el número de registro de la empresa gestora y deberá disponer de una relación debidamente actualizada donde se identifique cada vivienda publicitada con su número de inscripción.

Y añaden una advertencia…

 Será objeto de especial control y vigilancia la publicidad que se efectúe a través de los servicios de la sociedad de la información/nuevas tecnologías.

Cuando uses Chekin, también te pediremos el número de registro de Turismo antes de poder añadir tus viviendas. Te recomendamos tenerlo a mano y comenzar a disfrutar de todo el tiempo que te vas a ahorrar cuando finalmente comiences a recibir a tus huéspedes.

*El contenido de este blog es meramente informativo. Para consultas vinculantes recomendamos que acudan a un profesional.