¿Cuál es la legislación vigente que regula el turismo en Cataluña?
Actualmente, la legislación vigente que regula el turismo en Cataluña comprende la Ley 13/2002, de 29 de junio, de Turismo de Cataluña y el Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamiento turÃstico y de viviendas de uso turÃstico.
Ley 13/2002, de 29 de junio, de Turismo de Cataluña
Esta legislación tiene como objetivo establecer las bases para la ordenación y promoción del turismo. En ella, se tratan los siguientes aspectos:
- Plan turÃstico de Cataluña
- Propósitos y competencias de las administraciones públicas y sujetos turÃsticos relacionados
- Régimen sancionador
- Normativa de inspección turÃstica
- Derechos y obligaciones de los usuarios
- Régimen general de los recursos turÃsticos, empresas y establecimientos turÃsticos
- Clasificación y subcategorÃas de alojamientos vacacionales
- Definiciones de conceptos básicos
Modificaciones
- Apartados 1 y 2 de la disposición adicional tercera y la disposición adicional cuarta por la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas.
- Decreto legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
- Subsección primera en la sección primera del capÃtulo III del tÃtulo III, la sección segunda del capÃtulo III del tÃtulo III, los artÃculos 39 bis, 50 bis, 50 ter, 67.k y 87.i bis añadidos por la LEY 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica.
- ArtÃculos 37, 41.2.c, 44, 45 y 72.4 derogados por la LEY 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica.
- ArtÃculos 2.e, 33, 40, 41.4, 41.5, 43, 46, 47, 49, 50.4, 54, 55, 60, 67.j, 73.3, 87.b, 88.a, 97 (rúbrica y contenido), 98.2, 102.1.c, la rúbrica del capÃtulo II del tÃtulo III, y las secciones segunda, tercera, cuarta, quinta del capÃtulo III del tÃtulo III modificados por la LEY 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica.
- ArtÃculo 99.1 desarrollado por el ACUERDO GOV/79/2012, de 24 de julio, por el que se delega la competencia sancionadora del Gobierno de la Generalidad en materia de turismo en el consejero o consejera de Empresa y Empleo.
- Modificada por la LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
- ArtÃculos 2.f, 50 bis.3, 80 bis, 82 bis, 87.k, 88. u ter, 88.u quater, 89.g, disposición adicional séptima, disposición adicional octava y disposición transitoria tercera añadidos por art. 93 de la LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
- ArtÃculos 68.e, 82.3, 87, 88.o, 88.u, 89.a, 91.1, 97 y 98.2 modificados por art. 93 de la LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
- ArtÃculo 219 de la LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turÃsticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
- Revisión del 31 de marzo de 2017 que establece la normativa vigente.
Decreto 159/2012, de 20 de noviembre
Este decreto, que entró en vigor el 24 de diciembre de 2012, tiene la gran ventaja de aunar en un mismo texto legal la regulación tanto de los establecimientos turÃsticos como de las viviendas de uso turÃstico. Asimismo, concede nuevas definiciones a ciertos matices de la normativa relacionados con los establecimientos turÃsticos y los reordena.
Irregularidades
A pesar de tratarse de una ley bastante completa, existe una especie de vacÃo legal referente a las habitaciones de uso turÃstico. Ãsto ocurre debido a que el texto no permite a los ciudadanos saber con exactitud si es lÃcito o no alquilar una vivienda de uso turÃstico por habitaciones.
En cualquier caso, los ayuntamientos en cada ciudad tienen potestad para legislar sobre el alquiler vacacional conforme a sus propias necesidades y circunstancias. Tal es el caso de Barcelona, que cuenta con su propia normativa para regular las viviendas con fines turÃsticos y establecimientos hoteleros.
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