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Marco Legal

Multas por Incumplimiento del Registro de Viajeros 2026

Las multas por incumplimiento del registro de viajeros van de 100€ por una infracción leve hasta 60.000€ por una grave, y se aplican a cualquier alojamiento turístico que no comunique los datos de sus huéspedes a SES.HOSPEDAJES en el plazo de 24 horas. Estas sanciones se tipifican en la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, y el incumplimiento es exigible desde el 2 de diciembre de 2024, fecha en que el Real Decreto 933/2021 pasó a ser obligatorio.

Lo que durante años fue una formalidad de bajo riesgo ahora tiene expedientes en marcha. El Ministerio del Interior empezó a sancionar en 2025 a hoteles, agencias de viajes y empresas de alquiler de vehículos. A esto se suma un frente menos conocido pero igual de caro: las multas de protección de datos por pedir o guardar más información de la permitida.

Esta guía explica qué importes hay en juego, cómo se clasifican las infracciones, qué casos se están sancionando y cómo reducir el riesgo a cero.

Qué es el incumplimiento del registro de viajeros

El registro de viajeros obliga a todo alojamiento profesional a comunicar al Ministerio del Interior los datos de cada huésped a través de la plataforma SES.HOSPEDAJES, en un plazo máximo de 24 horas desde la reserva o el check-in. Se incumple cuando no se comunican esos datos, se envían fuera de plazo, se transmiten incompletos o erróneos, o cuando ni siquiera se está dado de alta en el sistema.

La obligación nace del RD 933/2021, pero las sanciones no están en ese decreto: se canalizan a través de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Por eso las multas se gradúan como infracciones de seguridad ciudadana, no como simples faltas administrativas turísticas.

Cuánto cuestan las multas por incumplimiento del registro de viajeros

Las infracciones se clasifican en tres niveles según su gravedad. Estos son los importes vigentes:

Tipo de infracciónQué la provocaImporte
LeveEnvío fuera de plazo, datos incompletos o errores puntuales100€ a 600€
GraveNo comunicar los datos, no figurar en el registro, omisión reiterada601€ a 60.000€
Muy graveFalsificación de datos o incumplimiento reiterado y sistemático30.001€ a 600.000€

El tramo muy grave es poco frecuente en alojamientos pequeños y se reserva para fraude o reincidencia sistemática. La mayoría de los casos reales se mueven entre la infracción leve y la grave. Aun así, un retraso aislado ya entra en el rango sancionable, y reincidir puede sumar consecuencias como la suspensión de la actividad o la retirada de la licencia turística.

El otro riesgo: las multas de protección de datos

Cumplir el registro de viajeros no te exime del RGPD. Son dos normativas distintas que conviven, y en 2025 la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) endureció su línea contra los alojamientos.

La AEPD ha sancionado a establecimientos por escanear o guardar la copia del DNI del huésped, incluso cuando aseguraban no conservar la imagen, con multas que han llegado a cifras de decenas de miles de euros. Su criterio es claro: mostrar el documento para verificar la identidad es suficiente, y guardar una copia no está justificado en la mayoría de los casos. También se han detectado sanciones por pedir más datos de los estrictamente necesarios o por canales inseguros como enviar el enlace de check-in por WhatsApp.

En la práctica, esto significa que un alojamiento puede cumplir el plazo de 24 horas y aun así ser multado si recoge los datos de forma incorrecta.

Qué casos se están sancionando

Desde mayo de 2025, el Ministerio del Interior abrió los primeros expedientes sancionadores. Según informó El País, las sanciones recayeron sobre hoteles, agencias de viajes y empresas de alquiler de coches, en muchos casos por no remitir la información a tiempo o por enviarla de forma incorrecta.

Estos expedientes llegaron antes de la orden ministerial que debía desarrollar el RD 933/2021, lo que abrió la puerta a recursos y a la judicialización de algunos casos por la falta de concreción legal en el tratamiento de ciertos datos. En la práctica, la inspección ya es real, así que conviene ponerse al día sin esperar a esa aclaración normativa.

Cómo Chekin elimina el riesgo de multa

La mayoría de las multas no vienen de la mala fe, sino del error humano: un parte que se envía tarde, un dato mal copiado, una copia del DNI guardada sin necesidad. Con varias propiedades y alta rotación, esos descuidos se multiplican, y cada uno es una infracción potencial.

Chekin automatiza el registro de principio a fin. El huésped completa el check-in online antes de llegar, escanea su documento con OCR y los datos se validan y se estructuran en los campos exactos que pide el RD 933/2021. El parte se envía solo a SES.HOSPEDAJES dentro del plazo de 24 horas, con su acuse de recibo archivado para cualquier inspección.

Sobre el riesgo de protección de datos: la verificación de identidad con match biométrico confirma que quien reserva es quien se aloja sin necesidad de guardar fotocopias del documento, que es justo lo que la AEPD penaliza. En Cataluña y País Vasco, la comunicación se dirige a los Mossos d'Esquadra y la Ertzaintza en lugar de SES.HOSPEDAJES. El tiempo por huésped baja de unos veinte minutos a menos de uno, y los dos frentes de sanción, seguridad ciudadana y protección de datos, quedan cubiertos.

Preguntas frecuentes

¿De cuánto son las multas por incumplimiento del registro de viajeros?

Las multas van de 100€ a 600€ en infracciones leves, como un envío fuera de plazo o con datos incompletos, y de 601€ a 60.000€ en infracciones graves, como no comunicar los datos o no estar registrado. Las muy graves, por falsificación o reincidencia sistemática, llegan a 600.000€, pero son poco frecuentes en alojamientos pequeños.

¿Qué ley regula las sanciones del registro de viajeros?

La obligación nace del Real Decreto 933/2021, pero las sanciones se tipifican en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Por eso las multas se gradúan como infracciones de seguridad ciudadana. Cumplir el RD 933/2021 no exime de la normativa de protección de datos, que es independiente y también sancionable.

¿Me pueden multar por enviar el parte de viajeros con un día de retraso?

Sí. El plazo legal es de 24 horas desde la reserva o el check-in, y enviarlo fuera de ese margen es una infracción leve, sancionable con multa de 100€ a 600€. No hay excepción por caídas técnicas de la plataforma: si SES.HOSPEDAJES falla, sigues siendo responsable de comunicar el parte en cuanto el sistema se restablezca.

¿Pueden multarme por escanear el DNI de mis huéspedes?

Sí. La AEPD ha sancionado en 2025 a alojamientos por escanear o guardar copias del DNI, incluso alegando que no conservaban la imagen, con multas de decenas de miles de euros. Su criterio es que mostrar el documento para verificar la identidad basta, y conservar una copia no está justificado salvo casos concretos previstos por ley.

¿Ya se están imponiendo multas o es solo una advertencia?

Ya se imponen. Desde mayo de 2025, el Ministerio del Interior abrió los primeros expedientes sancionadores a hoteles, agencias de viajes y empresas de alquiler de coches, según informó El País. Muchos casos se debieron a no remitir los datos a tiempo o a enviarlos de forma incorrecta, y algunos podrían acabar judicializados.

¿Quién es responsable de la multa, el propietario o el gestor?

La responsabilidad recae en quien ejerce la actividad de hospedaje y figura como sujeto obligado ante el Ministerio. Si un gestor administra el alojamiento, es quien debe estar dado de alta y comunicar los partes con su identificación. Conviene dejar claro por contrato quién asume la obligación del registro para evitar conflictos en caso de sanción.

¿Cómo puedo evitar las multas del registro de viajeros?

Date de alta en SES.HOSPEDAJES antes de operar, recoge los datos exactos que exige el RD 933/2021 y envía cada parte en menos de 24 horas, conservando los acuses. Verifica la identidad sin guardar copias del DNI para no incurrir en el frente de protección de datos. Un software de check-in integrado automatiza el proceso.

Conclusión

Las multas por incumplimiento del registro de viajeros dejaron de ser una amenaza teórica: hay expedientes en marcha desde 2025 y dos frentes abiertos, el de seguridad ciudadana por no comunicar a tiempo y el de protección de datos por recoger mal la información. Los importes van de 100€ a 60.000€ en los casos habituales. La forma de quedar fuera de ese riesgo es tener un proceso que recoja los datos correctos, los envíe dentro de plazo y verifique la identidad sin guardar lo que no debe.