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Tasa turística País Vasco: guía 2027 para gestores

La tasa turística País Vasco se aplicará desde el 1 de enero de 2027. Ese día las tres diputaciones forales empezarán a gravar las pernoctaciones en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, y los alojamientos pasarán a ser los encargados de cobrarla y liquidarla. Si gestionas hoteles, apartamentos o viviendas de uso turístico en Euskadi, esto cambia tu operativa de cobro y tu relación con la hacienda foral.

El marco y la fecha ya están fijados. Algunos detalles siguen en negociación en Gipuzkoa y Álava, y hay un año por delante para dejar lista la operativa de cobro.

Qué es la tasa turística del País Vasco

La tasa turística del País Vasco es un impuesto sobre las estancias turísticas que grava cada pernoctación en establecimientos de alojamiento de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava. Lo paga la persona que se aloja, lo recauda el establecimiento y se liquida ante la hacienda foral del territorio. Se regula mediante una Norma Foral en cada uno de los tres territorios históricos, con aplicación prevista desde el 1 de enero de 2027.

A diferencia de Cataluña o Baleares, donde la tasa es autonómica, en Euskadi el tributo es de competencia foral y municipal. Cada diputación fija un marco, y cada ayuntamiento decide los importes concretos dentro de ese marco a través de su ordenanza fiscal.

Cuánto se paga: importes por noche

El importe se calcula por persona y noche, y varía según el tipo de establecimiento y el municipio. La Norma Foral fija una horquilla y los ayuntamientos eligen el tipo dentro de ella.

ConceptoImporte por persona y noche
Horquilla general según establecimiento0,75€ a 5€
Tramo específico para agroturismos0,5€ a 1,25€
Recargo municipal (municipios con más de 750 plazas)hasta 7,5€ en total
Bonificación municipal (municipios pequeños, hasta 25 plazas en Bizkaia)hasta el 100% de la cuota

El impuesto se devenga al inicio de la estancia y se calcula sobre un máximo de cinco noches por persona en cada estancia continuada. A partir de la sexta noche no se cobra. Un detalle importante para los municipios: el que no apruebe su ordenanza fiscal aplicará la parte alta de la horquilla por defecto.

Cuándo entra en vigor

La fecha es el 1 de enero de 2027, de forma simultánea en los tres territorios. Durante un tiempo se barajó aplicarla en algunos municipios durante el verano de 2026, pero las diputaciones descartaron esa vía para dar seguridad jurídica y arrancar todos a la vez.

El calendario de tramitación va por territorios. En Bizkaia, donde PNV y PSE-EE tienen mayoría absoluta en las Juntas Generales, la ratificación está prevista para junio de 2026 y el texto debería salir sin grandes cambios. En Gipuzkoa y Álava, donde ambos partidos gobiernan en minoría, la aprobación depende de la negociación con otros grupos, así que ahí hay margen para modificaciones antes del texto definitivo.

Tras la aprobación en Juntas Generales y la publicación en el boletín oficial correspondiente, los ayuntamientos disponen de seis meses para adaptar sus ordenanzas fiscales.

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Quién paga y quién recauda

Paga la persona física que pernocta. El establecimiento no soporta el impuesto, pero sí asume el trabajo: actúa como intermediario, cobra la cantidad al huésped y presenta la autoliquidación ante la hacienda foral. Es un impuesto instantáneo, lo que significa que se cobra en el momento de la estancia, no de forma periódica acumulada.

Quedan dentro del ámbito del tributo los hoteles, apartamentos turísticos, campings, viviendas de uso turístico, agroturismos e incluso los cruceros que hagan escala en puertos vascos. Para un gestor con varias propiedades, esto implica integrar el cobro de la tasa en cada reserva y llevar un registro ordenado de lo recaudado por establecimiento.

Exenciones y casos que no pagan

La Norma Foral recoge un bloque de exenciones de carácter social. No pagan la tasa turística del País Vasco:

  • Menores de edad.
  • Personas con discapacidad igual o superior al 65% o con dependencia de grado II o III.
  • Estancias por motivos de salud, incluido un acompañante.
  • Personas que cursen estudios, investigación académica o programas de talento organizados por administraciones públicas de la comunidad.
  • Estancias subvencionadas por programas sociales con fines turísticos de las administraciones públicas.

Hay además una exención temporal relevante para el sector: las reservas formalizadas antes del 5 de febrero de 2026, fecha en que arrancó la fase de alegaciones, quedan libres de pago. La medida busca evitar reclamaciones sobre contratos cerrados antes de conocerse el detalle del impuesto. Cada ayuntamiento puede sumar bonificaciones propias en su ordenanza, siempre dentro del marco de la Norma Foral.

Qué deben hacer los gestores antes de 2027

Estos son los puntos que conviene revisar durante el año previo a la entrada en vigor:

  1. Identificar la horquilla y los tipos que aplicará cada municipio donde tengas propiedades, en cuanto se publiquen las ordenanzas fiscales.
  2. Adaptar el sistema de reservas y cobro para añadir la tasa al precio que paga el huésped, diferenciando por tipo de establecimiento.
  3. Configurar las exenciones para no cobrar de más a menores, estancias médicas o reservas anteriores al 5 de febrero de 2026.
  4. Llevar un registro de lo recaudado por propiedad que permita preparar la autoliquidación foral.
  5. Informar al huésped del importe antes de la reserva, para evitar fricciones en el check-in.

Cómo encaja con otras comunidades

Euskadi se suma a un grupo que ya incluye a Cataluña, Baleares y Asturias, entre otras. El modelo elegido, con horquillas y gestión municipal, recuerda al catalán, donde el ayuntamiento puede añadir un recargo propio. La diferencia vasca está en la arquitectura foral: el marco lo fija la diputación de cada territorio, no el Gobierno autonómico, lo que añade una capa de variación entre Bizkaia, Gipuzkoa y Álava que un gestor con propiedades en más de un territorio tendrá que vigilar.

Cómo Chekin facilita el cobro de la tasa turística

Cuando la tasa turística del País Vasco entre en vigor, el trabajo diario para los gestores estará en cobrarla bien en cada reserva, sin equivocarse con las exenciones ni con las distintas horquillas municipales.

Chekin integra el cobro de la tasa turística dentro del flujo de check-in online y de pagos. El huésped abona el importe junto al resto del proceso, con la cantidad calculada según el alojamiento, y queda registrado de forma centralizada. Para carteras con propiedades en varios municipios o territorios, esto reduce el trabajo manual de aplicar un importe distinto en cada caso y de archivar lo recaudado de cada estancia. La presentación de la autoliquidación ante la hacienda foral sigue correspondiendo al titular, pero la parte de cobro y registro deja de hacerse a mano.

Conclusión

La tasa turística del País Vasco arranca el 1 de enero de 2027 con importes de entre 0,75€ y 7,5€ por persona y noche según el municipio y el establecimiento. El marco foral y la fecha están cerrados; los detalles de Gipuzkoa y Álava aún pueden cambiar durante la tramitación. Para los gestores, lo práctico es revisar las ordenanzas municipales en cuanto se publiquen y dejar preparado el cobro de la tasa turística del País Vasco en cada reserva antes de que termine 2026.

Preguntas frecuentes sobre la tasa turística del País Vasco

¿Cuánto cuesta la tasa turística del País Vasco?

La tasa turística del País Vasco oscila entre 0,75€ y 5€ por persona y noche según el tipo de establecimiento. Los municipios con más de 750 plazas pueden aplicar recargos hasta un máximo de 7,5€, y los agroturismos tienen un tramo reducido de 0,5€ a 1,25€.

¿Cuándo entra en vigor la tasa turística en Euskadi?

La tasa turística del País Vasco entra en vigor el 1 de enero de 2027 de forma simultánea en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava. Se descartó aplicarla en el verano de 2026 para dar seguridad jurídica y permitir que todos los municipios arranquen en la misma fecha.

¿Quién paga la tasa turística y quién la cobra?

La paga la persona física que pernocta en el alojamiento. El establecimiento no soporta el impuesto, pero actúa como intermediario: cobra el importe al huésped y presenta la autoliquidación ante la hacienda foral del territorio donde se encuentra la propiedad.

¿Qué estancias están exentas de la tasa turística?

Están exentos los menores de edad, las personas con discapacidad igual o superior al 65% o dependencia de grado II o III, las estancias por motivos de salud con su acompañante, los estudios e investigación, y las reservas formalizadas antes del 5 de febrero de 2026.

¿Cuántas noches se cobran como máximo?

La tasa turística del País Vasco se calcula sobre un máximo de cinco noches por persona en cada estancia continuada. A partir de la sexta noche no se cobra. El impuesto se devenga al inicio de la estancia, ya que se trata de un tributo de carácter instantáneo.

¿Afecta la tasa turística a las viviendas de uso turístico?

Sí. La tasa turística del País Vasco grava hoteles, apartamentos, campings, viviendas de uso turístico, agroturismos y cruceros con escala en puertos vascos. Cualquier gestor de VUT en Euskadi deberá cobrar el importe correspondiente en cada reserva a partir de 2027.