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Marco Legal

Registro legal de Huéspedes en España

Si gestiona un alojamiento turístico (Alquiler de vacaciones, casa rural, un camping, un hostal u hotel) de acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana del 30 de marzo de 2015, debe registrar la entrada de sus huéspedes regula esta actividad y exige una serie de requisitos indispensables para cumplir con la ley.

Es obligatorio registrar a todos aquellos viajeros mayores de 14 años, lo que se hará mediante la cumplimentación de un formulario denominado parte de Entrada que deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo de la Orden INT/1922/2003. Los datos recogidos en estas partes también deben ser transmitidos a la policía en menos de 24 horas después de la entrada.

¿A quién tengo que enviar los datos?

Hay 4 fuerzas de seguridad principales. Pregunte a las fuerzas de seguridad más cercanas en su ciudad, que son las autoridades que regulan su área. Puede ser la Policía Nacional, la Guardia Civil, los Mossos d’Esquadra (Cataluña) o la Ertzaintza (País Vasco).

El proceso es muy simple, el registro en la webpol sólo puede hacerse en persona. El propietario o gestor del alojamiento turístico debe identificarse aportando los siguientes documentos originales junto con una fotocopia de los mismos:

  • Cédula de identidad de la persona que va a realizar el trámite o, en su caso, una autorización de representación.
  • Declaración de responsabilidad por la actividad (presentada en Turismo)
  • Las escrituras, las notas simples o, en su caso, el contrato de gestión de la propiedad.

Si todo es correcto, una vez facilitados estos documentos, las fuerzas de seguridad procederán a registrarse en la solicitud policial y a asignar un nombre de usuario y una contraseña. A continuación, podrá introducir esos datos (usuario y contraseña) para automatizar el cumplimiento legal del check-in dentro de Chekin Solution.