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Marco Legal

¿Cómo dar de alta una vivienda turística en Canarias?

Según lo dispuesto en el Decreto 113/2015, ley que regula el alquiler vacacional en Canarias,  el Gobierno reconoce como viviendas turísticas: las viviendas, que amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato y reuniendo los requisitos previstos en este Reglamento, son comercializadas o promocionadas en canales de oferta turística, para ser cedidas temporalmente y en su totalidad a terceros, de forma habitual, con fines de alojamiento vacacional y a cambio de un precio. Sin embargo, según lo establece la ley de propiedad horizontal, sólo podrán explotarse un inmueble como alquiler vacacional, en Canarias al igual que en el resto de España, en caso de que esto no se prohíba expresamente en los estatutos de la Comunidad de Propietarios.

Requísitos mínimos de equipamiento para el alquiler vacacional en Canarias

General

  • Botiquín de primeros auxilios y un cierre interior de seguridad funcional en las puertas de acceso.

Dormitorios

  • Fuente de iluminación para lectura junto a cada cama.
  • Sistema de oscurecimiento efectivo.
  • Perchas no deformables de estilo homogéneo y en número suficiente atendiendo a la capacidad de la vivienda
  • Camas con las siguientes medidas mínimas: 135x190cm en caso de las camas dobles y de 90x190cm en caso de las individuales.

Cocina

  • Horno y/o microondas.
  • Cubertería y cristalería en función del número máximo de ocupantes que puedan alojarse.
  • Vajilla.
  • Cafetera.
  • Menaje para manipular alimentos.
  • Utensilios de limpieza.
  • Plancha y tabla de planchado.

Baño

  • Porta-rollos para el papel higiénico
  • Alfombrilla.
  • Soporte para colocar objetos de aseo personal en caso de no existir una encimera, percha, colgadores o toallero con capacidad suficiente
  • Sistema que impida de forma eficiente la salida de agua en la ducha o bañera.
  • Toalla de baño y otra de mano por cada usuario.
  • Juego extra de cama y otro de toallas por persona cada semana, en caso de estancias superiores a siete días.

Entrega de la declaración responsable

Una vez que la vivienda cumpla con tales requisitos, se debe conseguir una licencia turística antes de empezar a explotarla como alquiler vacacional en Canarias. El proceso se inicia con la entrega de la declaración responsable que varía en función de la isla. Además, cada una requiere una serie de documentos adicionales diferentes que te detallamos a continuación.

Gran Canaria

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  • Declaración responsable de Gran Canaria.
  • Declaración de ocupación de inmueble o instalaciones conforme al artículo 166-bis del Texto Refundido de las leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, cédula de habitabilidad o licencia de ocupación.
  • Si fuese necesario, declaración responsable de que existe una prohibición expresa de la colocación en zonas exteriores y/o comunes de placas de la actividad de vivienda vacacional en los Estatutos de la Comunidad de Propietarios.

Tenerife

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  • Declaración responsable de Tenerife.
  • Declaración de ocupación de inmueble o instalaciones conforme al artículo 166-bis del Texto Refundido de las leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, cédula de habitabilidad o licencia de ocupación.
  • Documento que pruebe la disponibilidad de la vivienda (escrituras de su adquisición o contrato entre el propietario y explotador).
  • DNI del explotador, si es persona física.
  • CIF y escrito que pruebe la administración y representación en caso de ser una persona jurídica.

La Palma

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  • Declaración responsable de La Palma.
  • Declaración de ocupación de inmueble o instalaciones conforme al artículo 166-bis del Texto Refundido de las leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias o cédula de habitabilidad o licencia de ocupación.
  • Documento que pruebe la disponibilidad de la vivienda (escrituras de su adquisición o contrato entre el propietario y explotador)
  • Fotocopia del DNI del explotador -si es persona física-.
  • Si el titular de la explotación es persona jurídica, fotocopia del C.I.F., de la Escritura de Constitución de la Sociedad, del D.N.I. o N.I.E. de los administradores y documento que acredite la representación.

La isla de La Palma tiene una particularidad y es que el alquiler vacacional en este territorio se rige también por una normativa propia: el Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de la isla de La Palma.

Lanzarote

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  • Declaración responsable de Lanzarote.
  • Declaración de ocupación de inmueble o instalaciones conforme al artículo 166-bis del Texto Refundido de las leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias o cédula de habitabilidad y licencia de ocupación.
  • DNI del propietario titular o representante legal.
  • CIF y escritura de sociedad si se trata de una persona jurídica.
  • Documento que acredite la disponibilidad del inmueble para uso turístico.
  • En su caso, declaración responsable de que existe una prohibición expresa de la colocación en zonas exteriores y/o comunes de placas de la actividad de vivienda vacacional en los Estatutos de la Comunidad de Propietarios.

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  • Declaración responsable de Fuerteventura.
  • Personas Físicas: DNI o similar del Titular de la Explotación del establecimiento.
  • Personas Jurídicas: Escritura o contrato de constitución, con sus estatutos actuales y el CIF.
  • En su caso, DNI o similar del representante o representantes mancomunados de la persona física o jurídica que sea titular de la explotación, acompañado de fotocopia del poder para actuar en su nombre.
  • Proyecto Técnico de Ejecución de obra.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad del inmueble (Escritura de propiedad, o en su caso, Contrato entre el propietario y la persona a la que encomienda la explotación turística).
  • Memoria de la actividad turística a desarrollar con mención a los servicios pretendidos y las condiciones y forma de explotación a los efectos del cumplimiento del principio de unidad de explotación.
  •  Documento acreditativo del ingreso de la tasa correspondiente.

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  • Declaración responsable de El Hierro.
  • DNI/NIE/Pasaporte de la persona titular de la actividad (persona física).
    Si el titular de la actividad es persona jurídica: CIF de la empresa.
    Escritura o Acta de constitución y Estatutos.
  • DNI/NIE/Pasaporte del Representante y Documento acreditativo de la representación, en su caso.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda para alquiler vacacional en Canarias (Escritura de propiedad, o en su caso, Contrato entre el propietario y la persona a la que encomienda la explotación turística).
  • Cédula de habitabilidad o Licencia de primera ocupación o declaración de ocupación de inmuebles o instalaciones. Conforme establece el artículo 166-bis del Texto Refundido de las leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.
  • En su caso, Declaración responsable de que en los Estatutos de la Comunidad de propietarios existe prohibición que impide la colocación de placas identificativas de la actividad de vivienda vacacional, en el exterior o zonas comunes.

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  • Declaración responsable de La Gomera.
  • Si se trata de persona física, fotocopia del DNI o NIE o documento que acredite la representación de quien actúa en su nombre.
  • Si se trata de persona jurídica, fotocopia del CIF, de escritura de constitución de la sociedad, del NIF de los administradores y documento que acredite la representación de quien actúa en su nombre.
  • Certificado o informe municipal sobre suelo donde se edifica la vivienda.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad del inmueble (escritura de propiedad o contrato de arrendamiento entre el propietario de la vivienda y entidad explotadora).
  • Cédula de habitabilidad, licencia de primera ocupación o declaración responsable conforme a lo establecido en 166-bis del Texto Refundido de las leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.
  • Documento acreditando haber satisfecho la tasa correspondiente.