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Marco Legal

Registrar una vivienda turística o vivienda vacacional en Asturias

El número de visitantes que escoge ciudades asturianas como destino turístico sigue creciendo. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el pasado noviembre la comunidad registró 114.886 viajeros. Un 14,7% más que el año pasado. Si estás pensando en obtener una licencia turística, concretamente para explotar una vivienda turística o vivienda vacacional en Asturias, éste es tu momento.

vivienda vacacional en asturias

Relación de visitantes que se alojaron en apartamentos turísticos durante 2018. Fuente: Instituto Nacional de Estadística.

Diferencia entre vivienda turística y vivienda vacacional en Asturias

Viviendas turísticas

Son viviendas situadas en edificios de varias plantas bajo régimen de propiedad horizontal. Se ofrece a terceros el servicio de alojamiento, a cambio de una contraprestación económica y de forma habitual. El alojamiento puede darse tanto de forma íntegra como por habitaciones.

Viviendas vacacionales

Por su parte, las viviendas vacacionales se deben alquilar en su totalidad, no por habitaciones. Igualmente se presta el servicio de alojamiento con contraprestación económica, profesionalmente y con habitualidad. Son consideradas como tal los alojamientos que no se encuentren comprendidos en las categorías de apartamentos turísticos, establecimientos hoteleros, viviendas rurales o albergues turísticos.

Por supuesto, para ser consideradas como tal ambas deben cumplir también los requisitos exigidos por el Decreto 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico de Asturias.

Requisitos para dar de alta una vivienda en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas

Si dispones de vivienda turística o vivienda vacacional en Asturias y quieres darla de alta en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas lo primero que debes comprobar es que respeten los requerimientos exigidos por el Decreto 48/2016.

Además, deberás acreditar que cumples la normativa municipal de instalación y apertura. Ésto puede cambiar según la localidad, por lo que debes consultar cómo debe hacerse en cada caso contactando con la Consejería de Empleo, Industria y Turismo.

Por último, no olvides el seguro de responsabilidad civil para explotación, no para hogar. Deberá cubrir los daños y lesiones de los huéspedes con una cobertura mínima de 150.250€ y una franquicia de 602€ como máximo.

Inicio de actividad

Modalidad presencial

Esta modalidad sólo es válida para personas físicas. Si no dispones de certificado digital, para presentar la solicitud debes acceder de todas formas a la Sede Electrónica del Gobierno de Asturias y descargar tanto la declaración responsable como el anexo de relación de habitaciones.
Una vez descargados, impresos y completados deberás presentarlos preferiblemente en el Registro General de Administración (EASMU), Edificio Administrativo de Servicios Múltiples. Localizado en Oviedo.

En caso de que no te sea posible desplazarte a Oviedo, puedes entregarlo también en Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España (si resides en el extranjero) o en las oficinas de asistencia en materia de registros más próxima.

Modalidad telemática

Para completar la presentación de forma telemática deberás disponer de visor de documentos PDF y de certificado digital.
Una vez que dispongas de ambos, sólo tienes que entrar en la sede electrónica. Desplazándote hacia abajo, en la sección ‘cómo solicitarlo’, encontrarás el botón ‘iniciar solicitud’. Púlsalo y a continuación podrás proceder a completar el registro.
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¿Qué documentos debes aportar además de la declaración responsable?

  • Acreditación de la persona titular de la explotación, en caso de personalidad jurídica.
  • Copia del título que garantiza la disponibilidad de la vivienda.
  • Licencia de apertura municipal.
  • Planos de distribución interior: superficie de cada dependencia y a qué está destinada.
  • Superficie, plazas, y servicios con que cuenten cada una de las habitaciones.
  • Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil de explotación y el recibo de pago.
  • Cédula de habitabilidad.
  • En caso de prohibición en los Estatutos de la comunidad de propietarios, autorización expresa por escrito de la misma para ejercer la actividad (Para viviendas de uso turístico).
  • Autorización del propietario para la gestión del inmueble, en caso de que la solicitud sea presentada por un gestor.
  • Otros documentos que consideres necesarios y que puedan apoyar la solicitud.
En caso de presentación telemática, durante el proceso podrás adjuntar toda esta documentación como se muestra en el recuadro de abajo.
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¿Cuándo puedes empezar a comercializar la vivienda?

Desde el momento en que presentas la declaración responsable, puedes comenzar a explotar tu vivienda turística o vivienda vacacional en Asturias conforme a la ley. En cuanto recibas la notificación oficial de su inscripción en el registro, recibirás un número de usuario que tendrás que mostrar en cualquier tipo de publicidad que emplees para comercializar el alojamiento.

Igualmente, tanto las viviendas de uso turístico como las viviendas vacacionales deberán identificarse siempre mediante un cartel que contenga las siglas correspondientes y su número de inscripción en el registro.

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Características del cartel distintivo para viviendas vacacionales.
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Características del cartel distintivo para viviendas de uso turístico.

¿Qué hacer en caso de denegación?

En caso de que denieguen tu solicitud, puedes interponer un recurso de reposición o alzada. Para ello, no necesitarías abogado ya que puedes hacerlo tú mismo y sin abonar ninguna tasa.  El recurso de reposición se deberá presentar en el mismo órgano que dictó la resolución. Es decir, la Consejería de Empleo, Industria y Turismo. En cuanto al recurso de alzada, deberá presentarse ante el Gobierno de Asturias.

En cualquier caso, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de profesionales si quieres asegurarte de que podrás gestionar una vivienda vacacional en Asturias sin contratiempos.

Registro en las autoridades

Una de los aspectos más importantes de la gestión de alquileres vacacionales es el registro de los huéspedes en las autoridades competentes. Tras la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana hace unos años, es estrictamente obligatorio enviar hojas de registro con información sobre los viajeros a las autoridades, dentro de las 24h siguientes a su llegada.

Las autoridades a las que debes enviarlo dependen del municipio donde se ubique la vivienda vacacional en Asturias. En este caso, deberás registrar tu vivienda en el portal Webpol de La Policía Nacional o en Hospederías de La Guardia Civil, en localidades más pequeñas sin comisaría.

Siendo algo tan importante, aún falta mucha concienciación al respecto. Entendemos que los procesos burocráticos son siempre algo complicados pero siempre te puedes ayudar de herramientas como Chekin. Una aplicación para la gestión de huéspedes con conexión directa con las autoridades que reduce el tiempo del check-in hasta en un 90%. Regístrate aquí para empezar a usarla. Ahora con 14 días de prueba.