Guía completa sobre la Tasa Turística en Cataluña
Uno de los temas más polémicos entre los propietarios de alquileres vacacionales de la región de Cataluña, es sin lugar a dudas, la tasa turística que se aprobó en 2012. La región fue la pionera en implementar este tributo, que alimentó las críticas durante meses, en el sector turístico Español. Sin embargo, la tasa turística está llegando a nuevas ciudades del mundo – Tras París, Barcelona o Roma, Sevilla es la siguiente, y muchas otras ciudades siguen esta tendencia.
Si actualmente gestionas o tienes como proyecto lanzar un negocio de alquiler vacacional en la región, estás obligado a preocuparte de las formalidades y las características de esta Tasa Turística en Cataluña.
En 2019 ya habíamos redactado un artículo para ayudar a nuestros lectores a entender la Tasa Turística en Cataluña. Sin embargo, durante estos últimos año, ha aumentado la tarifa y aparecido algunos detalles más. Por este motivo, y porque la Tasa Turística en Barcelona, volverá a sufrir variaciones en 2024, según el ayuntamiento de Barcelona. Chekin ha decidido redactar este artículo para poder ayudarte a entender los importes, cobros y características de la Tasa Turística.
La tasa turística en Cataluña: ¿Qué es?
La tasa turística o impuesto sobre las Estancias en Establecimiento Turísticos en Cataluña (IEET), es según el Ajuntament de Barcelona, una tasa autonómica que las personas que se hospedan en alojamientos turísticos reglados pagan durante su estancia.
Este tributo fue implantado en 2012 en Cataluña. Pero, la cuantía de dicho impuesto a pagar por los huéspedes ha cambiado durante los 10 últimos años. En gran parte, a consecuencia de la pandemia del COVID-19.
El Ajuntament de Barcelona afirmaba, que si las condiciones sanitarias por la crisis del COVID-19 seguían favorables el recargo sobre la Tasa turística, se empezaría a aplicar de forma progresiva a partir de 2021, y la cuantía a pagar por persona aumentaría en 2024.
¿Pero entonces, de cuanto es la tasa turística en Cataluña?
¿De cuanto es el importe de la tasa turística en Cataluña?
Actualmente, la cuota de la tasa turística, se sitúa entre unos 0,60€ y 3,50€ por persona y unidad de estancia. Pero, las tarifas pueden cambiar según el tipo de alojamiento turístico y de su localización. Es decir si se ubica en Barcelona o en otro lugar de Cataluña.
Algún ejemplo de variación de las tarifas, podría ser en el caso de un hotel 5 estrellas. En los hoteles de 5 estrellas, los huéspedes deberán pagar una cuota de 3,50€ por noche, mientras que en viviendas turísticas, solo tendrían que pagar 2,25€. Estos precios son los generales para Cataluña, pero en caso de estar en Barcelona, el huésped se verá sujeto a un recargo diferente por el Ayuntamiento de la ciudad Condal.
Este recargo, como explicamos anteriormente, no es fijo. Cambiará según el tipo de alojamiento en el que esté alojado el huésped. Además como explicamos en la introducción del artículo, habrá un incremento periodico de dicha tasa, hasta 2024. Según la información compartida por el Ayuntamiento de Barcelona, dicho aumento alcanzará un recargo máximo de 3,25€.
Tasa turística en Cataluña: Excepciones a conocer
Existen excepciones que tienes que conocer. Por ejemplo, la Generalitat Catalana no obliga a los menores de 17 años y viajeros con algún programa de subvenciones por parte de una administración pública de Europa, a pagar dicha cuota. Por lo tanto dichas personas no tendrán que pagar la Tasa turística en Cataluña.
También es importante saber que la Generalitat limita el pago del impuesto a un total máximo de 7 días (o unidades de estancia) por persona, en un mismo alojamiento y por un periodo continuado.
Guía de tarifas de la tasa turística en Cataluña
Como ya explicado previamente, los importes a realizar son diferentes entre Barcelona y el resto de Cataluña. En primer lugar os enseñaremos las tarifas de la tasa turística para Cataluña, y a continuación para Barcelona.
- EB4 Vivienda de uso turístico = 1,00€
- EB1 Hoteles 5 estrellas, camping de lujo, gran lujo o establecimiento de la misma categoría.= 3,00€
- EB2 Hoteles de 4 estrellas, y 4 estrellas superior, o bien establecimientos de categoría similar. = 1,20€
- EB3 Resto de establecimientos = 0,60€
Por otro lado, en caso de ser un alojamiento tipo embarcación de crucero, este tipo de tarifas también se aplican. Pero el precio se calcula a través de las horas.
- CR1: Más de 12 horas = 3,00€
- CR2: 12 horas o menos = 1,00€
Finalmente, estas tarifas cambiarán en 2024. Importante, activar una alarma para dentro de 2 años 😉
Guía de tarifas de la tasa turística en Barcelona
Mientras tanto, as nuevas tarifas de la tasa turística en Barcelona son las siguientes. Como ya vereis son más caras que las establecidas para el resto de Cataluña.
- EB4: Vivienda de uso turístico = 4,00€
- EB1: Hoteles de 5 estrellas , gran lujo camping de lujo o establecimiento de categoría equivalente = 5,25€
- EB2: Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente = 3,45€
- EB3: Resto de establecimientos y equipamientos = 2,70€
En cuanto a embarcaciones de crucero:
- CR1: Más de 12h = 4,70€
- CR2: 12 horas o menos = 2,70€
Tarifas especiales: Detalles y tarifa
Se ha establecido por la Generalitat de Cataluña, tarifas especiales que se aplican para las estancias en los establecimientos, que dentro de un centro recreativo turístico, estén situados en áreas en las que se admiten actividades de juego o apuestas.
Por lo tanto, las tarifas para estos casos especiales son las siguientes:
- TE1: Hoteles de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento de categoría equivalente = 5,00€
- TE2: Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente = 3,50€
- TE3: Restos de establecimientos y equipamientos = 2,50€
¿Cómo cobrar y liquidar la tasa turística?
1. Cobrar la tasa turística
En caso de ser propietario de una o varias viviendas turísticas en Cataluña, estarás obligado a cobrar la tasa turística a tus huéspedes. Para cobrar la tasa turística, tendrás que indicar en la factura que emitas a tus clientes, de forma diferenciada de la contraprestación de tus servicios, el importe exacto del impuesto. Tendrás que indicar en la factura el número de unidades de estancia (días o fracciones) y el tipo de gravamen aplicado.
Por ejemplo, en el caso de que sus huéspedes hayan pagado la estancia a través de un intermediario, como pueden ser las OTAs. Deberás igualmente facturar el coste del tributo, aunque sea el único motivo de la factura. Aquí podrás encontrar un artículo, sobre todo lo que necesitas saber sobre las OTAs.
2. Liquidar la tasa turística
La tasa turística se liquida de forma telemática, de forma independiente del método de pago utilizado. Para realizar la liquidación de la tasa tendrás que cumplimentar el modelo 950. Puedes hacerlo a través de un formulario web de la Agencia Tributaria de Cataluña.
El modelo 950, puede ser complicado de entender. No dudes en leer nuestro artículo explicativo, sobre el modelo 950.
Plazos de liquidación de la tasa turística de Cataluña
La liquidación de la tasa turística de Cataluña, se tiene que presentar de forma semestral, en el transcurso de dos periodos concretos de 20 días.
- 1 al 20 de abril: Plazo para la autoliquidación de las estancias que hayan tenido lugar entre el 1 de octubre de 2021, y el 31 de marzo de 2022.
- 1 y 20 de octubre: Para el periodo del 1 de abril al 30 de septiembre.
Además, existen soluciones hoy en día, que permiten a los propietarios o gestores de alojamientos turísticos, automatizar todo el proceso de cálculo y pago de las tasas turísticas. Te presentamos la solución Chekin, que te permite ahorrar tiempo, automatizando todo el proceso de check-in, y mejorando así la experiencia de los huéspedes.